En cumplimiento al Artículo 18 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de Colima, en su último párrafo al texto dice:
Las depedencias y entidades pondrán a disposición del público, a más tardar el 31 de marzo de cada año, sus programas anuales de adquisiciones, servicios y arrendamientos. Los documentos que los contengan serán de carácter informativo, no aplicarán compromiso alguno de contratación y podrán ser adicionados, modificados, suspendidos y cancelados sin responsabilidad alguna para dichas dependencias y entidades.
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Última Modificación de la Página 30 de Octubre de 2020